Equipo MK Sembrasol

 

El bono de alivio de $1millon de pesos

El bono de alivio contará con un aporte de $1 millón que beneficiará a 820 mil microempresas y pymes, que hayan sufrido disminuciones en sus rentas a causa de la Pandemia. Los beneficios incrementan en 20% si la empresa es dirigida por una mujer.

 

Requisitos

 

Para poder optar a este bono, la pyme debe cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:

  • Haber tenido al menos un trabajador contratado
  • Haber declarado ingresos por ventas al menos dos meses continuos o discontinuos en 2020.
  • Ser uno de los rubros más golpeados por la pandemia (gastronomía, eventos de cultura, peluquería, belleza, gimnasios, servicios de turismo, transportes, jardines infantiles, ferias y otros tipos de servicios afectados) y que hayan tenido alguna venta en 2019.

 

No podrán postular al beneficio aquellas empresas que correspondan a sociedades de inversión, financieras o seguros.

 

Bono adicional variable

 

También existe un bono adicional variable para empresas MYPEs que estén afectadas al pago IVA. Estas recibirán un aporte extra equivalente a tres meses del promedio del IVA débito del 2019, con un tope de hasta $2 millones.

 

Incremento para mujeres

El bono de alivio y el bono adicional variable aumentarán 20% en el caso que la persona natural o la titular de una empresa individual de responsabilidad limitada sea mujer.

 

Anticipo Solidario

Se entregará un anticipo solidario para el pago de cotizaciones de seguridad social de trabajadores suspendidos por la Ley de Protección al Empleo. 

 

Medidas tributarias para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas

 

Otras medidas para ayudar a fortalecer la recuperación económica de las pequeñas y medianas empresas:

  • Reducción transitoria de la tasa de interés penal de 1,5% a 0%, que estará vigente para los giros (órdenes de pago de las deudas tributarias) que se emitan hasta el 31 de diciembre del año 2021.
  • Devolución de crédito fiscal IVA acumulado, tendrá la opción de solicitar un reembolso del remanente acumulado, entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, según la declaración de IVA que se realice en julio, agosto y septiembre del presente año.

 

Para recibir estos beneficios, los requisitos son:
1. Haber obtenido ingresos por ventas y servicios en al menos dos meses, continuos o discontinuos, entre el 1 de enero 2020 y el 31 de mayo 2021.
2. Que de la declaración de junio 2021 resulte un remanente de crédito fiscal de IVA generado por la adquisición de bienes o la utilización de servicios entre el 1 de marzo 2020 y el 31 de mayo 2021.

 

  • Extensión de vigencia de patentes provisorias: para aquellas empresas cuyas patentes vencieren durante el período de alerta sanitaria. La extensión es hasta un año contado desde el día siguiente a aquel en que se termine el estado de alerta sanitaria.  
  • Se duplica el plazo de los convenios de pago con Tesorería y Municipios (patentes de alcoholes y comerciales) pasando de 24 a 48 cuotas, y se establece una condonación del 100% de intereses y multas.

 

Otras medidas para la recuperación económica de las MIPYMEs

Promover la participación de MYPEs en las Compras Públicas y flexibilizar los requisitos para el acceso de las empresas al sistema

subir

Fortalecimiento de Fogape

 

  • Aumentar el plazo de las garantías de 7 a 10 años
  • Flexibilizar el requisito de mora para a Fogape Reactiva hasta 89 días para mipymes, ya que actualmente el programa contempla un requisito de mora de 29 días.
  • Incorporación de un periodo de gracia de 6 meses para los nuevos créditos para Pymes de los rubros más golpeados por la pandemia se extenderá el periodo de gracia a 12 meses.-
  • Suspensión de remates por incumplimiento de pagos de contribuciones de las MYPEs durante el año 2021, cualquiera sea el estado de la causa.

  

¿Dónde Postular?

Como el proyecto aún está siendo analizado en el Congreso, todavía no se conoce la posible fecha de postulación, pero se puede pensar en que será a fin de este mes de Junio .

Sin embargo, ya se dio a conocer que quienes cumplan los requisitos podrán solicitar el bono en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII). 

 

Se estima que el pago se efectuará en un plazo de 20 días después de realizada la solicitud.

 

 Cómo Apelar al Bono PYME

En caso de que alguno de los bonos que otorga la presente ley sea denegado u otorgado por un monto inferior al solicitado por el beneficiario, éste podrá reclamar ante el Servicio de Impuestos Internos.

 

quien resolverá sobre la base de los antecedentes que proporcionare el propio reclamante y los organismos públicos que correspondan.